jueves, 22 de octubre de 2015

Sentencia


El absurdo.
Probé que tanto saben de leyes, figuras jurídicas y demandas civiles por daño emergente, lucro cesante y delitos de odio en PGR (estrictamente en la 5ta visitaduria que conoce de delitos en contra de la libertad de expresión); en la PROCURADURIA de justicia de BCS; en la CEDH; en el Congreso Legislativo; y en el tribunal superior de justicia de BCS y, triste decepción ¡no saben nada!
PGR turnó la papa caliente a la procuraduría del estado de BCS, enseguida les provoqué un amparo y la regresaron a PGR (en el camino se perdió pues hasta la fecha no me notifican lo que a derecho corresponde) 
El congreso legislativo sin cumplir con la ley orgánica bateó la demanda de juicio político en contra de tres gobernadores. Se les provocó un amparo y, sin volver a cumplir con su ley orgánica el legislativo, el juzgado de distrito negó el amparo alegando que las determinaciones de los diputados eran inatacables jajajaja (más tontos no pueden ser)
La procuraduría del estado, mientras conoció el asunto dijo que los delitos ya habían prescrito. También se le provocó un amparo y, como ya se dijo, regresaron el expediente o hicieron como que lo regresaban a PGR y, hasta el momento 'esta extraviada'
El tribunal superior de justicia, a través del juez segundo de lo civil, luego de emplazar al gobierno y al gobernador (no al estado) por sentencia del pleno (jajajajaja, perdón, pero no me puedo aguantar las ganas de reír) llama al banquillo de los acusados al representante del gobierno un tal licenciado Gilberto Arredondo Calderón y, al gobernador lo declara en rebeldía. Parece que no entienden, los magistrados y jueces, que las figuras de gobierno, gobernador y estado, en este caso son subjetivas y que no están dirigidas a persona alguna. ¿Han escuchado alguna vez?: ¡Fue el estado! ¡Fue el gobierno! ¡La orden fue desde el ejecutivo! Expresiones que no dicen nombre de persona alguna, estado, gobierno y gobernador por lo tanto, para el caso que nos ocupa, son sólo figuras jurídicas y no personas.
Bien, el juez segundo después de cuatro años, de andar el expediente ante un juez y otro, con el engrudo hecho bolas emitió una sentencia ahora sí subjetiva pues dice: 
Primero.- Se ha tramitado legalmente el Juicio Ordinario Civil Número 1367/2013 (primero fue 286/2011 pero en su enredo - por eso de la renovación en materia de justicia- le cambiaron a 1367/2013), promovido por Héctor Martín Ojeda de la Rosa, por su propio derecho, en contra del Gobernador y del Gobierno de BCS.
Segundo.- El demandado Gobierno del estado de BCS acreditó en autos las excepciones de la Inexistencia de un Derecho, Falta de Legitimación Procesal del Demandante, así como la excepción Oscuridad, Impresicion y Defectos del Planteamiento de la Demanda; y la parte actora no acreditó su acción hecha valer, ( y tampoco se acordó tal acción) de conformidad a las determinaciones vertidas en esta resolución, en consecuencia.....
Tercero.- Se Absuelve a los demandados Gobernador y gobierno de BCS de todas y cada una de las prestaciones que le fueron reclamadas en juicio (¿?) de conformidad a las determinaciones vertidas en esta resolución.
Cuarto.- No se hace especial condenación de pago de gastos y costas es esta instancia (seguramente deja abierta la puerta para que vaya a otra instancia)
Quinto.- Notifiquese a la parte actora y al demandado Gobierno la presente resolución en términos de lo dispuesto por el artículo 113 fracción VI del Código de Procedimientos Civiles vigente en el estado, surtiéndoles efectos al codemandado Gobernador de BCS por medio de su publicación en el boletín judicial que se edita en esta ciudad, por haberse constituido en rebeldía, con fundamento en el numeral 111 del código adjetivo en cita.
Así, Definitivamente lo resolvió y firma la Licenciada Claudia Jeanette Cota Peña, juez segundo de primera instancia del armo civil de este partido judicial, actuando ante el licenciado Roberto Efrain Flores Murillo, sectario de acuerdos quien autoriza y da fe.
De fecha 13 de octubre de 2015 se publica en lista de este Honorable (¿?) juzgado la presente resolución.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sobre estos delitos cometidos por el estado, en 2009, pidió que agotara todo el recurso doméstico y, pues como se podrán dar cuenta esto es lo único que tenemos. Falta conocer el veredicto de la Suprema Corte de la Nación para entonces si, estar en condiciones de que la  CIDH pueda actuar en contra del Estado mexicano (ojo dice Estado mexicano y no Peña Nieto, Calderón, Fox, representante del gobierno, Mercado Romero, Leonel Cota, Narciso Agundez y cómplices)